01/12/17

 

 

La Provincia dio por concluido el traspaso de Ferrobaires a la Nación

 

 

 

 

La Provincia de Buenos Aires decretó el final de las actuaciones de la Unidad Operativa de Transferencia, el órgano encargado de gestionar el traspaso a la Nación. Si bien Trenes Argentinos se hizo cargo nominalmente de todos los servicios que estaban concesionados a Ferrobaires no hay planes para reactivarlos.

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dio por finalizada la actuación de la Unidad Operativa de Transferencia (UOT), organismo encargado de gestionar el traspaso de Ferrobaires al Estado nacional.
Mediante el decreto 621/17, publicado el martes en el Boletín Oficial, la gobernadora María Eugenia Vidal resolvió “aprobar lo actuado por la UOT” y “dar por concluida” la intervención en ese organismo de los delegados del gobierno provincial.

Una medida similar, pero a nivel nacional, había sido emitida en julio pasado. La resolución 517-E/2017 del Ministerio de Transporte había dado por concluidas las actuaciones de la Unidad Operativa de Transferencia y determinó la absorción por parte de Trenes Argentinos Operaciones y de Trenes Argentinos Infraestructura de los servicios e infraestructura (respectivamente) oportunamente concesionados a la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial (UEPFP).

Sin embargo, esa absorción, que involucra a un abultado número de ramalessólo se hizo nominalmente. Tal como reveló enelSubte meses atrás, en un anexo no publicado de esa misma resolución sólo se contempla el restablecimiento de los servicios a Mar del Plata, Bahía Blanca vía Lamadrid y Junín, dejando sin conexión ferroviaria a localidades como Tandil, Pinamar, Carmen de Patagones, Bolívar, 25 de Mayo y Sierra de la Ventana, entre otras.

La falta de planes para recuperar esos servicios ha derivado en el reclamo de autoridades municipales, como el reciente pedido del Concejo Deliberante de Pinamarpara que Transporte “cumpla con su deber” de mantener el servicio ferroviario a esa ciudad balnearia.

 

 

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LA PLATA, MARTES 28 DE NOVIEMBRE DE 2017

 

VISTO el expediente N° 2440-91/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, lo actuado por la Unidad Operativa de Transferencia en elmarco del Proceso de Transferencia de los Servicios Ferroviarios al Estado Nacional a través de las Actas de Reunión N° 1 a 6, la Resolución N° 499/16
de la citada cartera estatal, el Decreto N° 1021/07 raticado por Ley N° 13.705, y
CONSIDERANDO:Que por Decreto N° 1168 del 10 de julio de 1992, el Estado Nacional ofreció la transferencia de los servicios de pasajeros interurbanos, prestadospor la entonces EMPRESA FERROCARRILES ARGENTINOS, a los Gobiernos provinciales que oportunamente manifestaran su decisión de asumir elcosto de dichos servicios;Que con fecha 26 de agosto de 1993, se suscribieron dos Convenios en función de lo dispuesto por el mencionado Decreto, por el primero de ellosEstado Nacional le otorgó a la Provincia de Buenos Aires la concesión de la explotación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros de losCorredores Plaza Constitución – Bahía Blanca; Plaza Constitución – San Carlos de Bariloche (concedido hasta el límite interprovincial con la Provincia deRío Negro); Plaza Constitución – Quequén; Plaza Constitución – Bolívar; Olavarría – Bahía Blanca; Once – Toay; Once – General Pico; Once – Lincoln;Lincoln – Villegas; Lincoln – Pasteur; Once – Villegas; Once – Darragueira; Retiro – Alberdi; Retiro – Junín; Federico Lacroze – Rojas;Que a su vez, mediante el segundo Convenio, celebrado el 26 de agosto de 1993 en el marco del Decreto N° 770 de fecha 19 de abril de 1993 delPoder Ejecutivo Nacional, se concedió a la Provincia el servicio ferroviario de cargas y pasajeros del corredor Buenos Aires – Mar del Plata – Miramar enconcesión integral del Sector Altamirano – Mar del Plata – Miramar, incluyendo la rehabilitación del Sector General Guido – General Madariaga – Vivoratá,
fijándose los términos en los que se regiría dicha concesión;
Que el artículo 11 de dicho Convenio determinó que, una vez concluida la concesión por cualquier causa, la Provincia de Buenos Aires deberíarestituir al Estado Nacional sin cargo alguno y de libre disposición todos los bienes que ésta hubiese cedido en concesión al inicio, en su estadonormal de mantenimiento, salvo el deterioro motivado por el paso del tiempo y el uso normal; debiendo también entregar sin cargo aquellos bienes quereemplazaron a los que terminaron su vida útil;
Que respecto a la infraestructura, edificios, terrenos, equipos e instalaciones fijas en las que la Provincia hubiera realizado inversiones de ampliación,
construcción, renovación, así como aquellos bienes muebles que la Provincia hubiera incorporado -incluido el material rodante- y que formaran partedel equipamiento para la explotación habitual del sistema ferroviario concedido, se acordó que serían también transferidos al Estado Nacional, sin cargoalguno;
Que el 27 de septiembre de 2004 se dictó el Decreto N° 1261 por el que se derogó el Decreto N° 1168/92, con el fin que el Estado Nacional
reasumiera la prestación de los Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros cuyo trazado fuere de carácter Interjurisdiccional, y
facultando al entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios para que arbitrara las medidas conducentes y necesarias para
proceder a su rehabilitación;
Que el 8 de febrero de 2007 el Estado Nacional y la Provincia suscribieron un Convenio con el fin de iniciar el proceso de transferencia de los servicios
ferroviarios que oportunamente habían sido concesionados a la Provincia;
Que dicho Convenio fue ratificado por la Resolución N° 522 del 3 de agosto de 2007 del ex Ministerio de Planificación Federal, inversión Pública yServicios, y por el Decreto Provincial N° 1021 de fecha 5 de junio de 2007, raticado por Ley Provincial N° 13.705;
Que en la cláusula tercera del Convenio mencionado se estableció la conformación de una Unidad Operativa de Transferencia, encargada deefectuar el relevamiento y los inventarios correspondientes en toda la reconcesionada, establecer y determinar el estado de situación patrimonial de losdiferentes ramales y realizar el relevamiento del personal, entre otras cuestiones;Que además dispuso que los servicios ferroviarios fuesen operados durante dicho proceso por una Unidad Operativa de Gestión a constituir a talefecto;Que con posterioridad a la celebración del Convenio, fue sancionada la Ley Nacional N° 26.352, que dispuso la creación de la ADMINISTRACIÓNDE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, que tiene a su cargo la administración de la infraestructura ferroviaria, sumantenimiento y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, y la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DE ESTADO, la que tienea su cargo la operación de los servicios ferroviarios;
Que el proceso de transferencia acordado entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios, en el marco del Convenio celebrado el 8 de febrero de 2007, no se materializó;Que tampoco se registraron avances en la transferencia hasta la celebración del Acta Acuerdo de fecha 11 de julio de 2016, mediante la cual laSecretaría de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte de la Nación y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de
Buenos Aires, acordaron realizar las gestiones necesarias a n de constituir la Unidad Operativa de Transferencia y designar a sus integrantes;
Que en cumplimiento de lo acordado, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires dictó la Resolución N°499/16, mediante la que designó a los integrantes de la Unidad Operativa de Transferencia por la Provincia y aprobó el Acta Acuerdo referenciada ut-supra;Que la Unidad Operativa de Transferencia ha llevado adelante numerosas tareas entre las que cabe destacar el censo del personal existente y laconfección de un inventario de bienes;Que particularmente en materia de recursos humanos, el artículo 5° del Convenio de Transferencia aprobado por Decreto N° 1021/07 establece que“toda acción que se instrumente no afectará el mantenimiento de las condiciones laborales del personal de la Unidad Ejecutora del Programa FerroviarioProvincial”, arrojando los censos realizados por la Universidad Tecnológica Nacional datos sobre la situación laboral de la planta de personal;Que habiéndose reunido la Unidad Operativa de Transferencia en múltiples oportunidades, de lo que dan cuenta las Actas N° 1 a 6, el proceso detransferencia a cargo de la misma se ha desarrollado de manera satisfactoria;Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de BuenosAires;Por ello,LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:ARTÍCULO 1°: Aprobar lo actuado por la Unidad Operativa de Transferencia en el marco del Proceso de Transferencia de los Servicios Ferroviarios alEstado Nacional concretada con fecha 1 de julio de 2017, en cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Provincia de Buenos Aires en el Convenioaprobado por Decreto N° 1021/07 que fuera materializado a través de las Actas N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6, las que como documento GEDO N° ACTA-2017-03417685-GDEBA-MIYSPGP, forman parte del presente .ARTÍCULO 2°: Dar por concluida la intervención de la Unidad Operativa de Transferencia y la labor como representantes de la Provincia de BuenosAires, de Pablo Facundo Amado GAYTAN (DNI N° 29.434.598) y Mariano Ledesma AROCENA (DNI N° 29.152.158).ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y Jefaturade Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°: Registrar, noticar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Ocial y al SINBA, girar al Ministerio de Infraestructura
y Servicios Públicos. Cumplido, archivar.


Roberto Gigante Federico Salvai MinistroMinisterio de Infraestructura Ministerio de Jefaturay Servicios

Públicos de Gabinete de Ministros


María Eugenia Vidal
GobernadoraGobierno de la Provincia de Buenos Aires (enelsubte)

 

 


Última actualización Viernes 01-Dic-2017 ---- info@puntaderieles.com.ar / info_punta_de_rieles@yahoo.com.ar