03/07/14

 

El Senado sancionó la ley de responsabilidad civil del Estado

 

El oficialismo aprobó ayer en el Senado con 38 votos a favor y 23 en contra la ley que limita la responsabilidad del Estado frente a las demandas judiciales de los particulares

 

El oficialismo aprobó ayer en el Senado con 38 votos a favor y 23 en contra la ley que limita la responsabilidad del Estado frente a las demandas judiciales de los particulares.

La nueva ley que establece que la responsabilidad del Estado por actividad legítima "es de carácter excepcional" y que "en ningún caso procede la reparación del lucro cesante" (ver aparte) sino que la indemnización "comprende el valor objetivo del bien".

Es decir que, una vez que el daño ocasionado sea efectivamente acreditado, el pago por parte del Estado se limitará al valor del bien dañado.

Además, fija que "el Estado no debe responder, ni aún en forma subsidiaria, por los perjuicios ocasionados por los concesionarios o contratistas de los servicios públicos" y de esta manera deslinda responsabilidades por eventuales daños ocasionados por las empresas que manejen esos servicios.

Esto hará que en casos como el accidente ferroviario de Once sea la empresa que maneja el servicio la que deba responder por los daños y no el Estado.

Uno de los cuestionamientos de la oposición estuvo dirigido a la decisión del oficialismo de excluir el tema de la responsabilidad del Estado del nuevo Código Civil, que aguarda tratamiento de la Cámara de Diputados.

Según Ernesto Sanz (UCR), "al sacarlo del Código Civil se vota la ley nacional, y cada provincia debe sacar su propia ley", por lo que "este debate se replicará en 24 legislaturas y va a quedar atado a la coyuntura de cada provincia".

Sanz sostuvo además que la ley se trata de "un estatuto de la responsabilidad del Estado que termina lesionando a quien debiera ser el principal beneficiario, que es el ciudadano".

La senadora del interbloque FAP-Unen Magdalena Odarda consideró a la ley de "un caso de claro retroceso jurisprudencial" y que "establece impunidad".

En su defensa del proyecto, el oficialista Pablo González afirmó que la ley "no es un salvoconducto ni una norma que busque evitar las responsabilidades de los funcionarios" sino que, por el contrario, se establece cuál es el tratamiento que se les da y cuáles son las medidas a adoptar en cada caso, aclaró. Además, destacó el contenido del artículo 9, que dice que los funcionarios son "responsables de los daños que causen" por su "actividad o inactividad" o por "no cumplir sino de manera irregular, incurriendo en culpa o dolo", con sus obligaciones.

El oficialista Marcelo Guinle, en cambio, aseguró que "no es cierto que se esté blindando al Estado ni a los funcionarios" y afirmó que "la responsabilidad de los funcionarios queda en los términos actuales".

Lucro cesante

La ley establece que "en ningún caso procede la reparación del lucro cesante. La indemnización (...) comprende el valor objetivo del bien y los daños que sean consecuencia directa e inmediata de la actividad desplegada por la autoridad pública, sin que se tomen en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos ni ganancias hipotéticas. (La Capital)


 

 

 


Última actualización Jueves 03-Jul-2014 ---- info@puntaderieles.com.ar / info_punta_de_rieles@yahoo.com.ar