14/02/19
Subte: Metrovías apela al fallo que impide cobrar boletos en estaciones con escaleras rotas
Metrovías adelantó que apelará a la medida tomada por la justicia porteña que definió que las empresas que controlan el subte no cobre boleto a los usuarios en las estaciones donde no funcione alguna escalera mecánica o ascensor.
"Esta operadora está en cumplimiento de los índices de efectividad estipulados por el Acuerdo de Operación y Mantenimiento (AOM) en valores tales como 96% para escaleras mecánicas y 85% en ascensores", remarcó Metrovías por medio de un comunicado.
El juez Andrés Gallardo, a cargo del juzgado 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, dispuso esa medida luego de considerar que Metrovías incumpliera una medida cautelar que, en agosto del año pasado, ordenaba a la empresa "regular el funcionamiento de los ascensores y escaleras mecánicas".
Para obtener el beneficio los usuarios deberán reportar el desperfecto en la boletería, donde los eximirán de pagar, aseguraron.
"Si el pasajero nota el desperfecto al salir de la estación, podrá ir a la boletería y el personal de Metrovías deberá arbitrar los medios necesarios para reintegrar el importe en la tarjeta Sube con la que pagó el viaje", precisaron.
El jueves pasado, luego de una inspección, la justicia verificó que "51 medios de accesibilidad" no funcionaban, "habiendo descontado ya los supuestos ajenos a la responsabilidad de Metrovías S.A.".
"Pareciera que pese a haber transcurrido más de dos años del inicio de la causa (...) Metrovías estaría desinteresada en asegurar un eficaz funcionamiento de los ascensores y escaleras mecánicas instaladas en las estaciones de subterráneo", escribió el juez.
Y aclaró que la medida "alcanza a todos los usuarios, sin distinción en sus capacidades motrices".
Tanto Metrovías como Subterráneos de Buenos Aires (Sbase) deberán difundir el fallo a través de avisos fijados en cada boletería de la red y publicar por el plazo de tres días a partir del lunes 18 de febrero en los diarios Clarín, La Nación y Página 12, tanto en formato papel como en sus versiones online, "bajo apercibimiento de embargo y de ejecución forzada". (Cronista)