19/09/17

 

 

Trenes: Corregido pide la inconstitucionalidad del decreto que habilita la clausura de ramales

 

 

 

El defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, solicitó a la Justicia Federal la inconstitucionalidad y la nulidad de los actos administrativos del Decreto Nacional N° 652/2017, que arbitrariamente habilita al Ministerio de Transporte de la Nación a clausurar ramales ferroviarios y el levantamiento de vías.

 

El ombudsman provincial presentó esta mañana una acción de amparo y una medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional y la cartera de transporte.

El 14 de agosto el Poder Ejecutivo Nacional suscribió el decreto en cuestión que delega en el Ministerio de Transporte de la Nación la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias. Además establece que los rieles, durmientes y aparatos de vías que se resuelva remover quedaran en poder de la Administración de Infraestructura Ferroviarias Sociedad del Estado.

Sobre esto aclaró que en base a la ley 27.132, queda claro que la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de carga es declarada de interés público nacional, lo que radica en el interés común de la sociedad, que es facultad del Congreso de la Nación. Por ello remarca que el Decreto 625/17 es claramente inconstitucional por atribuir al Poder Ejecutivo una facultad exclusiva del Poder Legislativo nacional.

Además del amparo, Corregido pide que cautelarmente se ordene al Poder Ejecutivo que se abstenga de proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias en lo que respecta a la Provincia del Chaco. “La suspensión de la norma es urgente porque si el Estado logra avanzar en el levantamiento de la infraestructura mientras la Justicia se expide, para cuando exista una sentencia volver a instalarla generaría un daño considerable al erario público”, indicó.

Las leyes en las que se basa el decreto cuestionado no expresan puntualmente que la facultad de clausurar ramales en forma definitiva corresponda al Presidente de la Nación. Sin embargo y a pesar de ello, el Poder Ejecutivo se arroga la potestad de delegar en el Ministerio de Transporte el cierre definitivo de los ramales, sin fundamentos, sin determinar cuáles serían los mismos y fundamentalmente sin estar autorizado al levantamiento de la infraestructura ferroviaria: “por ende la norma deviene arbitraria”, remarcó el ombudsman.

Por otro lado Corregido también recordó que el Instituto del Defensor del Pueblo aún no recibió respuestas a las acciones administrativas (Act. Simp. E47-2017-560-A y E47-2017-556-A) en las que solicitó a SOFSE delegación Chaco que informe los motivos de la interrupción del servicio ferroviario de transporte de pasajeros del tren metropolitano en la provincia y plazo estimado de reanudación.
“Cerrar los ramales y proceder al levantamiento generaría no sólo un grave perjuicio al erario público y al servicio mismo, sino también a las posibilidades de subsistencia de muchas comunidades. El tren como transporte de pasajeros, de mercadería y de producción es el único medio por el cual se puede acceder a lugares en los que no existen caminos o aquellos que quedan intransitables”, precisó el defensor.

En ese sentido, Corregido destacó que esta es otra acción del Poder Ejecutivo nacional que no contempla a los chaqueños como parte del país al amenazar la continuidad del sistema ferroviario. “Venimos insistiendo en que es necesario que se apliquen políticas nacionales que contemplen a Chaco como parte de la Argentina y el tren es primordial para la integración del territorio nacional, tanto en materia de pasajeros, como en costos para los fletes, tan necesario para poner en valor la actividad productiva. Además, el levantamiento de la infraestructura ferroviaria dejaría a muchos chaqueños sin un medio primordial que evita el aislamiento de las poblaciones”, concluyó. (Chaco DXD)

 

 


Última actualización Martes 19-Sep-2017 ---- info@puntaderieles.com.ar / info_punta_de_rieles@yahoo.com.ar